El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha respaldado el despido de una cuidadora que, debido a una cardiopatía, tenía una limitación médica que le impedía cargar más de diez kilogramos de peso de un despido por ineptitud sobrevenida de la empleada. Se trata. Esta decisión ha generado debate en el ámbito laboral y jurídico, especialmente en lo que respecta a la protección de los trabajadores con limitaciones físicas y la obligación de las empresas de adaptar los puestos de trabajo.
Detalles del caso
La trabajadora desempeñaba funciones de cuidadora en el servicio de ayuda a domicilio. Tras ser diagnosticada con una cardiopatía, se le impuso una restricción médica que le prohibía levantar cargas superiores a diez kilogramos. Esta limitación afectaba directamente a las tareas inherentes a su puesto, que incluían movilizar a personas dependientes, labores que habitualmente requieren manejar pesos superiores al límite establecido por su condición médica.lavozdegalicia.es
Ante esta situación, la empresa procedió a su despido, argumentando que la limitación física impedía a la trabajadora realizar las funciones esenciales de su puesto de trabajo. La afectada impugnó el despido, pero el TSXG avaló la decisión empresarial, considerando que la restricción médica constituía una ineptitud sobrevenida que justificaba el despido objetivo.

Marco legal: ineptitud sobrevenida y despido objetivo
El despido objetivo por ineptitud sobrevenida está contemplado en el artículo 52.a) del Estatuto de los Trabajadores. Esta causa permite la extinción del contrato de trabajo cuando el trabajador manifiesta una ineptitud conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa.boe.es
Para que la ineptitud sea considerada causa válida de despido objetivo, deben concurrir ciertas condiciones:
Permanencia: La ineptitud debe ser permanente y no temporal. Las limitaciones transitorias suelen dar lugar a una situación de incapacidad temporal, no a un despido.boe.es+1publicaciones.lexa-go.com+1
Gravedad: La ineptitud debe ser de tal magnitud que impida al trabajador realizar las tareas fundamentales de su puesto.publicaciones.lexa-go.com
Imputabilidad: La causa de la ineptitud debe ser inherente al trabajador y no derivada de factores externos o de la organización del trabajo.
En este caso, la limitación para cargar más de diez kilogramos impedía a la trabajadora realizar tareas esenciales de su puesto como cuidadora, lo que llevó al TSXG a considerar el despido como procedente.
Obligación empresarial de adaptación del puesto de trabajo
La legislación laboral española establece que las empresas deben procurar la adaptación del puesto de trabajo para empleados con limitaciones físicas, siempre que sea posible y razonable. Sin embargo, cuando la adaptación no es factible o las limitaciones impiden el desempeño de las funciones esenciales del puesto, el despido objetivo por ineptitud sobrevenida puede ser una medida legítima.
En este caso, la naturaleza de las tareas de una cuidadora, que incluyen movilizar a personas dependientes, hace que la limitación de no poder cargar más de diez kilogramos sea incompatible con el desempeño adecuado de sus funciones. Por lo tanto, la empresa no tenía la posibilidad real de adaptar el puesto a las restricciones de la trabajadora sin comprometer la calidad del servicio y la seguridad de los usuarios.
Jurisprudencia relacionada
La jurisprudencia española ha abordado en diversas ocasiones situaciones similares. Por ejemplo, en casos donde las limitaciones físicas no impiden el desempeño de las funciones esenciales del puesto, los tribunales han declarado improcedentes los despidos. Sin embargo, cuando las restricciones afectan tareas fundamentales y no es posible una adaptación razonable del puesto, se ha avalado el despido objetivo por ineptitud sobrevenida.
Es importante destacar que cada caso es único y debe analizarse individualmente, considerando las circunstancias específicas, las posibilidades de adaptación y la proporcionalidad de la medida adoptada por la empresa.
En conlusión
La decisión del TSXG de avalar el despido de la cuidadora con limitaciones para cargar peso pone de relieve la complejidad de equilibrar la protección de los trabajadores con discapacidades o limitaciones físicas y las necesidades operativas de las empresas. Este caso subraya la importancia de evaluar detalladamente cada situación, considerando tanto el derecho del trabajador a la estabilidad en el empleo como la viabilidad de que la empresa adapte el puesto de trabajo sin afectar la calidad del servicio o la seguridad. Un asesoramiento para el que resultará fundamental contratar un abogado laboralista.