En los procesos de separación o divorcio, la atribución del derecho de uso de la vivienda familiar es uno de los temas más sensibles y que puede generar mayor conflicto entre los cónyuges. Este derecho está regulado por el Código Civil y tiene como objetivo principal proteger el interés de los hijos menores y, en algunos casos, el del cónyuge más vulnerable. Si deseas profundizar en cómo el menor debe ser escuchado en estos procesos, puedes consultar nuestra guía sobre la importancia de escuchar a los menores en procesos de familia.
¿Qué es el derecho de uso de la vivienda entre cónyuges?
El derecho de uso de la vivienda familiar es un derecho real de uso y disfrute que se concede a una de las partes tras la disolución del matrimonio o de la convivencia. Este derecho permite al beneficiario ocupar la vivienda familiar, independientemente de quién sea el propietario del inmueble.
Es importante señalar que este derecho es personal, intransferible e inalienable, lo que significa que no puede ser vendido, cedido ni arrendado a terceros. Además, incluye el uso de los bienes muebles que forman parte del hogar, siempre que sean de uso ordinario. Si estás considerando vender una vivienda que está afectada por este tipo de derecho, es esencial conocer las implicaciones legales. Te recomendamos leer nuestra guía sobre cómo vender una casa rápido y los aspectos legales que deben tenerse en cuenta.
¿Cómo se decide quién conserva el uso de la vivienda familiar?
Acuerdo entre los cónyuges
En los casos en los que la separación o el divorcio se lleva a cabo de forma amistosa, los cónyuges pueden llegar a un acuerdo sobre quién conservará el uso de la vivienda familiar. Este acuerdo se formaliza en el convenio regulador, que deberá ser aprobado por el juez. Si necesitas asesoramiento sobre cómo negociar estos acuerdos, nuestros abogados de familia en Ferrol pueden ayudarte.
Decisión judicial
Cuando no existe acuerdo entre las partes, será el juez quien decida a quién corresponde el derecho de uso de la vivienda. En este caso, se analizarán varios factores, siendo el principal el interés de los hijos menores, si los hubiera.
- Si hay hijos menores: La vivienda se atribuirá al cónyuge que tenga la guarda y custodia de los menores, para garantizar su estabilidad y bienestar.
- Si no hay hijos menores: El juez podrá asignar el uso al cónyuge más necesitado, evaluando su situación económica y otras circunstancias relevantes.
El interés de los hijos como criterio prioritario
El interés superior de los hijos menores es el criterio más relevante a la hora de decidir sobre el uso de la vivienda. Dependiendo del tipo de custodia, el juez puede tomar diferentes decisiones:
- Guarda y custodia exclusiva: El derecho de uso se asigna al progenitor que tenga la custodia.
- Custodia compartida: En estos casos, el juez puede establecer un uso rotativo de la vivienda o buscar otras soluciones que beneficien a los menores.
Si estás interesado en conocer más sobre la guarda y custodia y su impacto en decisiones judiciales, visita nuestra sección dedicada a los abogados especializados en derecho de familia.

¿Puede el cónyuge propietario vender la vivienda si el otro tiene el derecho de uso?
Cuando la vivienda familiar está atribuida a uno de los cónyuges por resolución judicial, el propietario no puede disponer de ella libremente. Según el Código Civil, para vender o disponer de la vivienda, se requiere el consentimiento del cónyuge usuario o, en su defecto, una autorización judicial.
Esta protección se extiende también al Registro de la Propiedad, donde se puede inscribir la limitación del derecho de disposición para garantizar que el derecho de uso del cónyuge y de los menores sea respetado frente a terceros. Si necesitas asesoramiento sobre los aspectos legales en la compraventa de inmuebles, te recomendamos consultar nuestra guía sobre conceptos básicos en la compraventa de inmuebles.
¿Cuándo se extingue el derecho de uso de la vivienda?
El derecho de uso de la vivienda familiar no es indefinido. Algunas de las causas más comunes de extinción son:
- Mayoría de edad de los hijos: Si el derecho se otorgó por la presencia de hijos menores, este cesará cuando alcancen la mayoría de edad, salvo que exista una situación de discapacidad.
- Mejoría económica del cónyuge beneficiario: Si las circunstancias económicas del cónyuge que disfruta de la vivienda mejoran significativamente, se puede solicitar la extinción del derecho.
- Nueva convivencia o matrimonio: Si el cónyuge beneficiario comienza una nueva convivencia o contrae matrimonio, el derecho puede extinguirse.
- Resolución judicial: El juez puede modificar o extinguir el derecho si cambian las circunstancias que motivaron su concesión.
Preguntas frecuentes
¿Es posible modificar el derecho de uso de la vivienda una vez asignado?
Sí, el derecho de uso de la vivienda puede modificarse si cambian las circunstancias que motivaron su concesión. Esto incluye situaciones como un cambio en las necesidades económicas de los cónyuges, la mayoría de edad de los hijos o la existencia de una nueva convivencia o matrimonio por parte del cónyuge beneficiario. La modificación debe ser solicitada a través de un procedimiento judicial.
¿Qué sucede si el cónyuge beneficiario no utiliza la vivienda atribuida?
Si el cónyuge beneficiario deja de usar la vivienda de manera habitual y sin justificación, el otro cónyuge puede solicitar la extinción del derecho de uso ante el juez. Esto es porque el derecho de uso está condicionado a la necesidad y el disfrute efectivo del inmueble por parte del beneficiario y, en su caso, de los hijos menores.
¿Qué ocurre si la vivienda familiar está alquilada y no es propiedad de ninguno de los cónyuges?
En caso de que la vivienda familiar esté alquilada, el derecho de uso se extiende al contrato de arrendamiento. Esto significa que el cónyuge beneficiario del uso de la vivienda puede continuar ocupándola, pero deberá asumir las obligaciones derivadas del contrato de alquiler, como el pago de la renta. Este aspecto debe ser regulado en el convenio o resolución judicial.
¿Cómo afecta el derecho de uso de la vivienda a los bienes gananciales en caso de divorcio?
El derecho de uso atribuido a uno de los cónyuges no afecta la propiedad de la vivienda en el marco de los bienes gananciales. Esto significa que, aunque uno de los cónyuges tenga el derecho de uso, la vivienda seguirá siendo propiedad de ambos (o del propietario único, si corresponde). No obstante, el uso exclusivo puede influir en la valoración de los bienes al realizar la liquidación del régimen económico matrimonial.







